EXIGENCIAS ACÚSTICAS DE LOCALES
30 de agosto de 2019

¿Quieres abrir un local y no conoces las exigencias acústicas que tiene que cumplir? 

TIPOS DE ACTIVIDADES

Según el Decreto 6/2012 de Andalucía, las actividades dependiendo de su nivel de emisión sonora interior se pueden clasificar en 3 tipos:

  • Tipo 1 - Actividades sin música con un nivel de emisión sonora entre 81 y 85 dBA.

  • Tipo 2 - Actividades con o sin música con un nivel de emisión sonora entre 86 y 90 dBA.

  • Tipo 3 - Actividades con o sin música con un nivel de emisión sonora interior mayor a 90 dBA o que realicen conciertos o música en directo.

EXIGENCIAS DE AISLAMIENTO ACÚSTICO

  • Tipo 1

Aislamiento a ruido aéreo > 60 dBA

Aislamiento a ruido de impactos < 35 dB (*)

  • Tipo 2

Aislamiento a ruido aéreo > 65 dBA

Aislamiento a ruido de impactos < 35 dB (*)

Aislamiento a ruido aéreo de fachada > 40 dBA

  • Tipo 3

Aislamiento a ruido aéreo > 75 dBA

Aislamiento a ruido de impactos < 35 dB (*)

Aislamiento a ruido aéreo de fachada > 55 dBA

(*) Esta exigencia de aislamiento varía en función del horario de funcionamiento de la actividad. Para período día y tarde es 40 dBA y para período nocturno es 35 dBA.

TIEMPO DE REVERBERACIÓN

Según el Decreto 6/2012 de Andalucía, las actividades que tengan aulas, salas de conferencias, comedores, restaurantes o recintos que precisen iguales condiciones de inteligibilidad, deberán de tener una absorción acústica tal que:

  • El tiempo de reverberación en aulas y salas de conferencias vacías (sin ocupación y sin mobiliario, cuyo volumen sea menor que 350 m3, no será mayor que 0,7 s.

  • El tiempo de reverberación en aulas y en salas de conferencias vacías, pero incluyendo el total de las butacas, cuyo volumen sea menor que 350 m3, no será mayor que 0,5 s.

  • El tiempo de reverberación en restaurantes, bares, comedores vacíos o similares no será mayor que 0,9 s.

NIVELES DE RUIDO

Según el Decreto 6/2012 de Andalucía, toda actividad deberá cumplir:

  • Valores límite de ruido transmitido a locales colindantes, según tabla VI.

  • Valores límite de inmisión de ruido al exterior, según tabla VII.


Si sigues con dudas de qué tipo de actividad es el local que quieres abrir, qué exigencias acústicas debe cumplir y necesitas un estudio acústico pre-operacional, no dudes en contactar con nosotros y atenderemos vuestra solicitud.

Si quieres conocer más curiosidades sobre acústica visita nuestro blog:
https://gestionacousticdry.wixsite.com/acousticdrywall/post/exigencias-ac%C3%BAsticas-de-locales

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